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Movilidad

Scooters eléctricos: CDMX endurece la regulación y aplicará multas desde noviembre de 2026

Entérate sobre los scooters eléctricos y las disposiciones de movilidad eléctrica que entrarán en vigor en la Ciudad de México este 2026.

11 de julio de 2026 19:06
Andrea Ramirez
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Persona de pie sobre un scooter eléctrico urbano utilizado para movilidad personal en calles de la Ciudad de México.
Los scooters eléctricos deberán cumplir nuevas disposiciones de seguridad, circulación y registro en la Ciudad de México a partir de noviembre de 2026.
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Persona de pie sobre un scooter eléctrico urbano utilizado para movilidad personal en calles de la Ciudad de México.
Los scooters eléctricos deberán cumplir nuevas disposiciones de seguridad, circulación y registro en la Ciudad de México a partir de noviembre de 2026.

La Ciudad de México está avanzando en el ordenamiento de la movilidad eléctrica. Ya que a partir del 20 de noviembre de 2026, los usuarios de scooters eléctricos que incumplan las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito enfrentarán multas económicas, además de otras sanciones administrativas.

La medida forma parte de la estrategia de la Secretaría de Movilidad (Semovi). Esto para regular la circulación de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE). Una categoría que incluye scooters y otros vehículos eléctricos de características similares.

Desde el 1 de julio inició el periodo de regularización. Durante estos meses, los propietarios deberán realizar los trámites correspondientes. Para cumplir con la nueva normativa antes de que concluyan las facilidades otorgadas por la autoridad.

Entre los principales requisitos destacan:

  • Registro del vehículo
  • Obtención de placas
  • Tarjeta de circulación
  • Licencia de conducir correspondiente para los modelos que entren en la clasificación establecida por la regulación.

Asimismo, los conductores deberán utilizar casco de protección y mantener el vehículo equipado con los elementos de seguridad obligatorios.

Además, la normativa limita la circulación de estos vehículos en determinadas vialidades. Los scooters eléctricos no podrán transitar por banquetas, ciclovías, carriles confinados para transporte público ni por vías rápidas cuyo límite de velocidad supere los 50 km/h. Con ello, la autoridad busca reducir riesgos tanto para peatones como para ciclistas y automovilistas.

La regulación busca mayor seguridad vial en scooters eléctricos

Una vez que concluya el periodo de regularización, las autoridades comenzarán la aplicación de multas a quienes circulen sin cumplir con los requisitos establecidos.

Las sanciones abarcarán distintas conductas, como conducir sin placas, sin licencia o sin casco de protección, además de invadir zonas restringidas o incumplir las condiciones de seguridad exigidas para este tipo de vehículos. En algunos casos, la autoridad también podrá remitir la unidad al depósito vehicular.

Por otra parte, la regulación establece que los menores de edad no podrán conducir este tipo de vehículos motorizados. De igual forma, los conductores deberán respetar las reglas generales de tránsito y evitar prácticas que pongan en riesgo la seguridad de otros usuarios de la vía pública.

El crecimiento de la movilidad eléctrica en la capital impulsó estas modificaciones. Durante los últimos años, el uso de scooters eléctricos aumentó como una alternativa de transporte para recorridos urbanos; sin embargo, ese incremento también generó nuevos desafíos en materia de seguridad vial y convivencia entre los distintos modos de transporte.

Con estas disposiciones, la Ciudad de México busca integrar los scooters eléctricos al sistema de movilidad bajo un marco regulatorio que otorgue mayor certeza jurídica a los usuarios y contribuya a una circulación más segura en las calles de la capital.

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